Page 126 - Cuenta Pública de la Ciudad de México correspondiente al Ejercicio de 2021
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Acciones de Fiscalización
Las acciones legales que puede promover la ASCM son:
1. Dictamen de Presunta Responsabilidad Administrativa. La ASCM tiene competencia
para investigar y sustanciar el procedimiento por la presunta comisión de faltas
administrativas, consideradas graves, por parte de personas servidoras públicas,
por lo que puede emitir Informes de Presunta Responsabilidad y promover, ante la
autoridad competente, las acciones correspondientes.
Esta acción se promueve cuando la ASCM detecta actos u omisiones relacionadas
con el incumplimiento de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad
de México.
En caso de que la ASCM tenga conocimiento de la probable comisión de faltas ad-
ministrativas consideradas no graves, deberá informarlo a la Secretaría de la Con-
traloría General de la Ciudad México o al Órgano Interno de Control respectivo,
según corresponda, a efecto de que lleven a cabo la investigación y, en su caso, se
sustancien y sancionen las acciones u omisiones.
2. Pliego de Observaciones. Es el documento mediante el cual se requerirá al sujeto de
fiscalización que presente la documentación, en copia certificada, y los argumentos
que estime convenientes para solventar las observaciones en relación con los actos
126 u omisiones que dieron lugar a la emisión del Dictamen Técnico (DT), por daño o
perjuicio a la Hacienda Pública de la Ciudad de México o al patrimonio del sujeto
de fiscalización.
3. Oficio de solventación de pliegos de observaciones. Es el documento por medio del
cual la ASCM comunica al sujeto de fiscalización la solventación total de las obser-
vaciones o irregularidades señaladas en el pliego de observaciones.
4. Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria. Con este tipo de promoción la ASCM
solicita a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México que inicie el Procedimiento
de Responsabilidades Resarcitorias a personas servidoras públicas o particulares,
por la falta de solventación o resarcimiento del pliego de observaciones, con el fin
de que se repare el daño o perjuicio causado a la Hacienda Pública de la Ciudad de
México o al patrimonio del sujeto de fiscalización; o, en su caso, que determine lo
que conforme a derecho corresponda.
5. Denuncia de Hechos. Se presenta ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad
de México o la Fiscalía General de la República, cuando se detectan irregularidades
durante el proceso de auditoría, en las cuales se presuma la existencia de actos u
omisiones que pudieran ser constitutivas de delitos.
6. Oficio de incumplimiento de obligaciones fiscales. Es el documento emitido por la
ASCM para hacer del conocimiento de la autoridad fiscal competente la presunción